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NOTICIA DEL MES DE FEBRERO 2022
 
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FEBRERO 2022
Multa por difundir en Twitter un vídeo de un juicio en el que se podía identificar a los testigos.
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El Juzgado de lo Penal nº2 de Manresa presentó una reclamación en noviembre de 2020 ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) contra una un hombre acusado de difundir en su perfil de Twitter un vídeo captado durante un juicio oral en el que se ven y escuchan a testigos y partes procesales.

Protección de Datos se puso en contacto con el reclamado para que pudiese aportar toda la información sobre el vídeo y enviarlo de forma completa sin cortes en el plazo de un mes, ya que las personas que aparecen en él han sido ha grabadas sin su consentimiento, según la reclamación.

Sin embargo, el acusado, que reconoció haber difundido el vídeo, manifestó en un escrito a la AEPD en el mes de mayo que ya no conservaba una copia del vídeo y que ya estaba eliminado. Asimismo, también relató que no recuerda la fecha concreta en la que lo borró y que no sabe el tiempo en el que pudo estar publicado en su cuenta de Twitter.

La Subdirección General de Inspección de Datos realizó una búsqueda en web.archive.org y no logró visualizar este vídeo, aunque, según la reclamación, hay constancia de tweets en los que aparece el texto “vídeo no visualizable” en post publicados en octubre de 2020.

La página web.archive.org es una organización que se dedica a recopilar información de todos los sitios web a los que se puede acceder. Este servicio permite estudiar la historia de un dominio desde el momento en el que ingresa por primera vez a la base de datos.

Por todo ello, la AEDP ha sancionado al autor de la difusión de las imágenes con una multa de 2.000 euros que tendrá que abonar una vez recibida la notificación.

La AEDP considera que este caso tiene varios agravantes porque se ha publicado a través de Twitter, es decir, que su difusión es inmediata. Además, se han visto afectadas varias personas y se ha causado daño y perjuicio porque se trata de la difusión de partes de un proceso judicial en el que hay que guardar debidas garantías.

Por otro lado, han señalado que el infractor no tenía ninguna relación con las personas que aparecen en el vídeo.


Las multas administrativas

Las multas administrativas, según explica la reclamación, se imponen en función de las circunstancias de cada caso individual y su cuantía se establece en función de la gravedad del caso.

Para establecer el importe de la sanción se tienen en cuenta varios factores: la duración de la infracción, la intención, el grado de cooperación con las autoridades con el fin de poner remedio a la infracción y reducir los posibles daños.


Fuente: elconfidencialdigital.com



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